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Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez son las acusadas en el caso por la muerte del menor. El 2 de febrero definen si son culpables o inocentes.
Policiales 22 de diciembre de 2022El fiscal del juicio por el crimen de Lucio Dupuy, el niño de cinco años asesinado en noviembre de 2021 en La Pampa, pidió que la madre de la víctima y su pareja sean declaradas culpables del "homicidio calificado y abuso sexual" de la víctima, delitos que prevén la prisión perpetua,
El veredicto del tribunal a cargo del debate se conocerá el 2 febrero próximo.
A su vez, la querella introdujo en su acusación el agravante de "odio de género"; en cambio, las defensas plantearon la hipótesis de un hecho "preterintencional", es decir, cuando el agresor tiene intenciones de causar un daño pero no la muerte.
Fuentes judiciales informaron que la fiscal pampeana Verónica Ferrero, acompañada por el fiscal general Máximo Paulucci y por su par Mónica Rivero; acusó en su exposición a Magdalena Espósito Valenti, madre del nene, y su pareja Abigail Páez, de "homicidio calificado y abuso sexual gravemente ultrajante".
Para la fiscalía, las imputadas "agredieron físicamente, en forma conjunta" a Lucio entre las 17.30 y las 19.40 del 26 de noviembre de 2021 en la casa en la que vivían en Santa Rosa, ocasionándole múltiples lesiones; y señaló que esas lesiones le provocaron la muerte luego de un período de agonía.
Según la autopsia, solicitada por la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA), el niño "presentaba politraumatismos por golpes, mordeduras y quemaduras, de vieja y reciente data" y que el deceso se produjo por una "hemorragia interna", producto de las agresiones.
Tras la muerte de Lucio se determinó que el niño había sido asistido al menos cinco veces en un lapso de tres meses por politraumatismos en distintos centros asistenciales de La Pampa, aunque no había denuncias de profesional alguno al respecto, como así tampoco de las autoridades del jardín de infantes al que asistía.
El alegato de la Fiscalía
En su alegato, Ferrero habló de un maltrato físico continuo -aludió a lesiones de vieja data- y consideró que también quedaron acreditados los abusos sexuales en reiteradas ocasiones.
Por ello, acusó a Espósito Valenti de "abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización con acceso carnal vía anal con un objeto; agravado por haber sido cometido por la ascendiente; con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía".
Mientras que a Páez le imputó de "abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización y con acceso carnal vía anal con un objeto; agravado por haber sido cometido por la guardadora, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía".
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