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El Gobierno aprobó las modificaciones en la Ley de Alquileres

Se mantendrán los tres años de duración del contrato pero se realizarán actualizaciones semestrales en base al coeficiente Casa Propia.

Política 11 de octubre de 2023
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En una sesión especial, la Cámara de Diputados aprobó con 128 votos positivos y 114 negativos el dictamen de mayoría, impulsado por el Frente de Todos, y que recoge la media sanción del Senado, sobre modificaciones al Código Civil y Comercial de la Nación, respecto a la Ley de Alquileres, por el cual se mantienen los tres años de duración del contrato y habilita la actualización semestral en base al coeficiente Casa Propia (Ministerio de Hábitat). 

La iniciativa se aprobó con los votos que fueron aportados por el Frente de Todos, el Movimiento Popular Neuquino, dos de Identidad Bonaerense, dos socialistas, una de Córdoba Federal, uno de Juntos por Rio Negro, dos del Frente de la Concordia y cuatro de izquierda. En tanto, fue rechazada por Juntos por el Cambio, los tres libertarios que responden a Javier Milei, uno de Juntos por Río Negro, una de Identidad Bonaerense y uno de Córdoba Federal.

La iniciativa fue aprobada después de las 5 de la madrugada en el marco de una sesión maratónica que se inició ayer martes a las 12.30 y en la cual también se convirtió en la ley de violencia digital y se aprobaron los proyectos de devolución del IVA, Argentina Inclusiva y de promoción del Gas Natural Licuado.

Las modificaciones

Con la sanción de este proyecto los contratos se mantienen en tres años los cuales deberán ser estipulados "en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses".

También, el Senado modificó el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y estableció que "los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA".

Además, incorporó un último párrafo sobre el artículo 9, en el que determinó que "los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo".

Por otra parte, fija que cualquier "publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional” y elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.

En cuanto a los beneficios impositivos los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren "debidamente registrados" ante la AFIP. Además las "partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.

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