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La Cámara Electoral confirma que Diego Santilli encabezará la lista de La Libertad Avanza en Buenos Aires

Revocó el reemplazo de Espert por Reichardt. Por ley de paridad, Diego Santilli debe ocupar su lugar en la lista de LLA. Milei, celebró la decisión de la Justicia.

Nacionales12 de octubre de 2025

La Cámara Nacional Electoral revocó hoy una decisión del juez federal con competencia electoral en Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla, que autorizaba el reemplazo de José Luis Espert por Karen Reichardt en la lista de candidatos a diputados nacionales de La Libertad Avanza (LLA) para los comicios del próximo 26 de octubre.

El tribunal fundamentó su decisión en la ley de paridad de género (27.412) y su decreto reglamentario, que exigen que los reemplazos se hagan con personas del mismo género que el reemplazado, en este caso, un varón. Por lo tanto, determinó que quien debe ocupar el lugar de Espert es Diego Santilli.

Ramos Padilla había planteado que Reichardt -que iba número dos- debía subir al lugar de Espert, basado entre otras cuestiones en que si quedaba Santilli como número uno, todos los hombres pasarían sobre las candidatas mujeres y esto iría en contra de la ley de paridad de género.

Fundamentos críticos

En el fallo que ungió a Santilli, la Cámara planteó que Ramos Padilla “desatendió la jurisprudencia” y “tergiversó la aplicación de un precedente”, en relación con lo que se definió en un reemplazo que hubo que hacer en otra elección, pero en ese caso en la categoría de senadores.

“El magistrado se apartó injustificadamente de la letra de la norma aplicable para fundar una inconstitucionalidad basada exclusivamente en su singular interpretación subjetiva", afirmó el fallo.

Y siguió: que lo hecho por Ramos Padilla, desatendió "la jurisprudencia establecida por esta Cámara en casos de sustancial analogía para la categoría de cargos en cuestión (diputados nacionales), y tergiversando la aplicación de un precedente dictado en un supuesto diferente y para otra categoría (senadores nacionales)".

“En un Estado constitucional de derecho, los tribunales de Justicia no disponen de la libertad de apartarse de las leyes dictadas por los representantes del pueblo de la Nación ni de sus normas reglamentarias que son producto del ejercicio de la soberanía popular- cuando sus previsiones son inequívocas", asegura el fallo.

"Actuar de modo divergente con fundamento en visiones personales o ancladas en lecturas impropias del derecho, pone en grave riesgo el sistema republicano y nos conduce a lo que tantas veces se ha calificado como el gobierno de los jueces", agrega.

"Conductas de tal naturaleza siembran dudas acerca de la legitimación del Poder Judicial para ejercer las funciones del control de constitucionalidad y -tarde o temprano- su propio rol en el sistema democrático", sostiene.

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