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Dieron a conocer los fundamentos de la condena a CFK

El Tribunal Oral Federal publicó los fundamentos del veredicto condenatorio contra la vicepresidenta en la denominada "causa Vialidad". A partir de ahora, las partes tienen 10 días hábiles para apelar ante Casación.

Política 09 de marzo de 2023
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Tal como estaba anunciado, el Tribunal que juzgó y condenó a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y otros imputados en la llamada "causa Vialidad" dio a conocer hoy los fundamentos de su veredicto y, a partir de este momento, queda abierta la etapa para presentar las apelaciones ante la Cámara Federal de Casación.

El Tribunal Oral Federal (TOF) número 2 notificó pasadas las 9 de la mañana los fundamentos de su sentencia a las partes, en un trámite que no fue presencial, sino que se incorporó el escrito a la causa judicial informatizada, y que consistió en un documento de más de 1.600 páginas.


A partir de ahora queda abierto el plazo de diez días hábiles para recurrir con la apelación al veredicto ante Casación, el máximo tribunal penal federal del país.

La instancia de revisión determina que el veredicto no se cumpla hasta que quede firme y esa instancia podría darse ante la Corte Suprema de Justicia, que no tiene plazos para resolver.


Del lado de los fiscales federales Diego Luciani y Sergio Mola se espera que cuestionen las absoluciones por el delito de asociación ilícita, lo que redundó en una disminución notoria de las penas.

Ambos habían reclamado 12 años de prisión para la vicepresidenta, que fue condenada a seis años e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el otro delito que sí se consideró probado; el de administración fraudulenta.

Por su parte, las defensas apelarán y pedirán revocar las condenas por defraudación y confirmar las absoluciones por asociación ilícita, en sintonía con los argumentos que esgrimieron en sus alegatos finales el año pasado.

Las conclusiones sobre el rol de Cristina Kirchner

1) "Nos encontramos en condiciones de afirmar que, a raíz de algunas intervenciones determinantes de Cristina Kirchner y José López, la infranqueabilidad que la ley con tanta claridad marcaba no fue tal, no sólo en términos políticos sino patromoniales, en virtud de decisiones que modificaron drásticamente las fuentes de financiamiento puestas al servicio del organismo, o mejor dicho, de los intereses exclusivos de la Presidencia. Una verdadera autarquía ficta".

2) "Nos encontramos en condiciones de afirmar que Cristina Elisabet Fernández de Kirchner, José Francisco López y Lázaro Antonio Báez planificaron, decidieron y ejecutaron el abandono de las obras adjudicadas a las empresas del Grupo Báez".

3) "Lázaro Antonio Báez y Cristina Elisabet Fernández de Kirchner eran los verdaderos beneficiarios del fraude objeto de este proceso". 

4) Respecto de lo que los fiscales determinaron el plan "limpiar todo", los jueces se refirieron a una supuesta reunión ocurrida en los últimos días de noviembre de 2015 entre Cristina Kirchner y Báez, que fue negada por la defensa a cargo de Carlos Beraldi. Sin embargo, afirmaron: "No quedan dudas de que Cristina Fernández de Kirchner se encontraba en la provincia de Santa Cruz aquel fin de semana largo (con el avión presidencial a su disposición) al menos desde el domingo 29 de noviembre".

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